Estatutos

Estatutos Coordinadora Estudiantil De la Universidad del Valle


Capítulo 1
Del Carácter

Artículo 1. Denominación: Se denomina Coordinadora Estudiantil de la Universidad del Valle con el acrónimo CEUV, a una organización de Estudiantes de la universidad con alcance departamental.

Artículo 2. Carácter: La CEUV es una organización de estudiantes para estudiantes, por lo tanto, nos definimos como una organización de carácter gremial en promoción y defensa de los objetivos misionales del ethos universitario en su componente de educación, investigación y extensión social.  
La CEUV es una organización con sentido de pertenencia, con vocación de poder, vocación de unidad en el estamento y solidaria con los procesos de organización y reivindicación populares.


Capítulo 2
Objetivos




Artículo 3. Objetivo General:


Artículo 4. Objetivos Específicos:

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Capítulo 3
Principios

Artículo 5. Sobre los Principios: Los principios son las bases filosóficas, políticas, organizativas, de relacionamiento y éticas en las cuales la CEUV basa sus tomas de decisiones, formas de trabajo y construye sus planes de acción.

Artículo 6. Principios: Son principios de la CEUV:


  1. Trabajo de Base:
  2. Centralismo Democrático:
  3. Conducción Colectiva:
  4. Amplitud: A la CEUV puede pertenecer cualquier estudiante de la Universidad del Valle que se sienta recogido en la Plataforma Programática de Unida y el presente estatuto, sin distinción de su lugar de procedencia, carrera, disciplina, credo religioso, sexo, género, orientación sexual, etnia o filiación política.  
  5. Crítica y Auto crítica:
  6. Antirracista: La CEUV condena y rechaza el racismo en todas sus expresiones y formas.
  7. Anti FASCISTA:
  8. Equidad de Género:
  9. Solidaria:
  10. Fraterna:
  11. Sentido de Pertenencia:
  12. Popular:

Capítulo 4
De los Miembros

Artículo 7. Miembros: Son miembros todos aquellos estudiantes de la Universidad del Valle que pertenezcan a un proceso de base afiliado a la CEUV.

Artículo 8. Procesos de Base: Los procesos de Base son aquellos grupos conformados por estudiantes de la Universidad del Valle, para acreditar dicha condición, cada proceso deberá tener un nombre, elegir uno de sus miembros como vocero y tener como mínimo tres (3) integrantes. Cada Proceso de Base tendrá autonomía política y organizativa, pero deberán asumirse bajo el presente Estatuto, la Plataforma Programática de Unidad y las definiciones emanadas de las Asambleas Generales y el Cuerpo de Vocería. El Cuerpo de Vocería aprobara la afiliación de un proceso de base que mediante una carta manifieste su deseo de ingreso a la CEUV.


Capítulo 4
Estructura Organizativa


Artículo 9. Procesos de Base:  Al ser una coordinadora su unidad de base serán los diferentes colectivos o proceso de base afiliados.

Artículo 10. Asamblea General: La Asamblea General es la máxima autoridad e instancia de decisión de la CEUV.  Se convocará anualmente de manera ordinaria y de manera extraordinaria según sea la necesidad.  En la Asamblea Participará toda los miembros de la CEUV.
La Asamblea General tiene como objetivos reformar los estatutos, elegir el Cuerpo de Vocería, mandatar tesis políticas y aprobar los planes estratégicos.

Artículo 11. Cuerpo de Vocería: Es el órgano de dirección colectiva de la CEUV. Tiene como objetivo ejecutar los mandatos aprobados en la Asamblea General de la CEUV y planificar la hoja de ruta para su cumplimiento. El Cuerpo de Vocería deberá reunirse periódicamente. 
El cuerpo de vocería estará conformado por un delegado/a por proceso de base y un coordinador/a por cada comité de cada comité de trabajo.

Artículo 12. Comités de Trabajo:  Son organismos ejecutivos y/o operativos de carácter permanente los cuales actuaran bajo las directrices de la Asamblea General y el Cuerpo de Vocería.  Habrá tres (5) comités permanentes: el de Derechos Humanos, comunicaciones, organización, formación y finanzas.  

Artículo 13. Comisiones Accidentales:  Son pequeños equipos conformados para realizar una tarea específica, se disolverán cuando las tareas sean ejecutadas.  El Cuerpo de Vocería tendrá la potestad de conformar comisiones según sean los requerimientos.   


Capítulo 5
De las Tomas de decisiones

Artículo 14. Todas las decisiones deberán tomarse por consenso en primera instancia, en segunda instancia por voto por proceso de base y en tercera instancia por votación nominal.
Parágrafo: Deberá evitarse las votaciones, el debate debe ser plenamente agotado para proceder a votar.

Artículo 15. Quórum: Habrá Quórum decisorio si hay representatividad de la mitad más uno de los procesos de base afiliados.


Capítulo 6
De las Reuniones

Artículo 16. Reuniones Ordinarias: Se programarán reuniones ordinarias durante cada semestre académico.  Estás deberán programarse con mínimo cinco (5) días hábiles de anterioridad, en la convocatoria de cada reunión debe estar claramente expresado el lugar, la fecha, la hora y la propuesta de temas a tratar.

Artículo 17. Reuniones Extraordinarias: Se programará reuniones extraordinarias cuando eventualidades de emergencia lo requieran.  Las reuniones extraordinarias se programarán con mínimo veinticuatro (24) horas de antelación.

Artículo 18. Acta: Todas las reuniones deberán tener un acta escrita en la cual esté consignados la fecha, hora, asistentes, orden del día, elementos de debate y las conclusiones.
Parágrafo: Las actas son documentos de manejo interno y exclusivo de la CEUV por lo tanto son confidenciales.  Todos los miembros de la CEUV tienen acceso a las actas, sin embargo, la divulgación parcial o total de manera pública y/o a individuos que no hagan parte de la CEUV constituyen una falta grave.


Capítulo 7
Documentos Políticos


Artículo 19. Plataforma Programática de Unidad:

Artículo 20. Declaración Política:
Al concluir cada Asamblea General se publicará una Declaración Política, sus definiciones son de estricto cumplimiento a todos los miembros de la CEUV.

Artículo 21. Plan Estratégico: La Asamblea General publicará un documento Interno y confidencial sobre los lineamientos estratégicos establecidos cada año. Este documento es de obligatorio cumplimiento a los procesos de Base y al Cuerpo de Vocería.

Artículo 22. Plan De Trabajo: El Cuerpo de Vocería elaborará el Plan de Trabajo teniendo en cuenta el Plan Estratégico y los mandatos de la Asamblea General. Este es un documento Interno y confidencial.

Artículo 23. Circulares: Las circulares son documentos que contienen información logística y/o procedimental, así como orientaciones de carácter político. Son elaborados por el Cuerpo de Vocería y los Comités de Trabajo.

Artículo 24. Comunicados: Los comunicados son documentos públicos que contienen información o el punto de vista oficial de toda la organización frente a ciertos temas o eventualidades. Son elaborados por el Cuerpo de Vocería.

Artículo 25. Cartas: Las cartas son documentos bilaterales enviados a organizaciones, entes y/o personalidades a nombre de toda la organización.  Las cartas son elaboradas por el Cuerpo de Vocería.


Capítulo 8
Deberes y Derechos


Artículo 26. Derechos de los Procesos de Base: Son derechos de los procesos de base:

*Recibir información oportuna sobre la actualidad de la organización.

* Participar activamente en las asambleas generales, en los comités de trabajo y el cuerpo de vocería.

*Presentar las opiniones colectivas, propuestas, disensos y críticas a las que hubiere lugar.

*Gozar de los bienes colectivos de la CEUV. 

*Gozar de autonomía organizativa, política y de criterio.

Artículo 27. Deberes de los Procesos de Base: Son deberes de los procesos de base.

* Asistir a los escenarios de toma de decisiones.

*Acatar y ejecutar las definiciones colectivas de las Asambleas, comités y cuerpo de vocería.

*Mantener en alto el estatus de la CEUV.

*Tener sentido de pertenencia a la CEUV.

Artículo 28. Derechos de los Afiliados: Son derechos de los estudiantes afiliados.

*Gozar de un trato cordial y respetuoso por todos los miembros de la CEUV.

*Opinar y presentar sus disensos, quejas y críticas en los espacios correspondientes.

*Postularse como candidato a alguno de los roles de la organización.

*Gozar de los bienes de la CEUV.

Artículo 29. Deberes de los Afiliados: Son deberes de los afiliados:

*Acatar el presente estatuto.

*Tratar con cordialidad y respeto a todos los miembros de la CEUV.

*Desempeñar con responsabilidad los cargos y tareas asumidos dentro de la organización.

*Mantener en alto el buen nombre de la organización.

*Hacer un buen uso de los bienes de la organización.

*Recibir de buena manera las sugerencias y críticas a las que hubiere lugar.






Capítulo 9
Código de Ética


Capítulo 10
De La Federación de Estudiantes Universitarios


Capítulo 11
De la Representación Estudiantil


Capítulo 12
Otras Disposiciones


Artículo Logotipo


Artículo Eslogan



Artículo Colores






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